El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado en una sentencia este lunes que los asesores fiscales que participan en la creación de planificaciones fiscales agresivas, como estructuras opacas, están obligados a informar a otros participantes en la operación de que se trata de mecanismos agresivos.
La sentencia, que responde a un caso belga, señala que solo los abogados están exentos de esta obligación debido al secreto profesional. Además, establece que si en un Estado miembro existen personas que no son abogados pero que pueden defender a clientes en juicios, estas tampoco están exentas de la obligación de comunicar a los demás la organización de una planificación fiscal agresiva.
El tribunal europeo argumenta en la sentencia que "todo justiciable debe poder dirigirse con entera libertad a su abogado, profesión que comprende la función de asesorar jurídicamente, con independencia, a todos aquellos que lo soliciten y, por otra parte, la exigencia, correlativa, de lealtad del abogado hacia su cliente".
El TJUE ya había concluido en su sentencia del 8 de diciembre de 2022 que exoneró a los abogados de informar sobre las operaciones de planificación fiscal agresiva de sus clientes, que la Directiva vulneraba el secreto profesional y el derecho al respeto de las comunicaciones entre abogado y cliente.
Por otra parte, la sentencia también establece que "la limitación del derecho a la protección de la vida privada, entendido como el derecho de toda persona a organizar su vida privada […] está justificada". Según el fallo del tribunal europeo, la obligación de informar a terceros y al fisco sobre la planificación agresiva de los clientes, aunque pueda afectar la protección de su vida privada, está justificada. El fallo sostiene que la injerencia "no es desproporcionada y no reviste un carácter desproporcionado con respecto al objetivo de interés general perseguido".
"Debe señalarse que, si bien es cierto que esa injerencia no es insignificante, la lucha contra la planificación fiscal agresiva y la prevención de los riesgos de elusión y evasión fiscales constituyen objetivos importantes cuyo logro determinará no solamente la medida en que se protegerán la base imponible y, en consecuencia, los ingresos fiscales de los Estados miembros y la implantación de un entorno de equidad tributaria en el mercado interior […] sino también la salvaguarda del reparto equilibrado de la potestad tributaria entre los Estados miembros y de la recaudación eficaz de los impuestos", añade el tribunal europeo.
El Gobierno español ya modificó el año pasado la Ley General Tributaria para adaptar la Directiva de Cooperación Administrativa que se implementó en 2020, conocida como DAC 6, a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 8 de diciembre de 2022.
(El Economista, 30-07-2024)