La autoridad fiscal europea critica que Bruselas no incluyera a España en el procedimiento por déficit excesivo

Tras la aprobación en abril del nuevo Pacto de Estabilidad y Crecimiento de la UE y la reinstauración de las reglas fiscales, la Comisión Europea inició en junio procedimientos por déficit excesivo (el primer paso hacia una posible sanción) para aquellos países que superaron el 3% de déficit en relación con el PIB en 2023. Este procedimiento incluyó a Francia, Italia, Bélgica, Hungría, Malta, Polonia y Eslovaquia, pero excluyó a España, una decisión que la Junta Fiscal Europea ha criticado por considerarla "discrecional", ya que España tenía un déficit del 3,6%.

La Junta Fiscal Europea, una entidad que actúa de manera similar a la AIReF en España, ha expresado este miércoles que la decisión de la Comisión Europea sobre estos procedimientos por déficit excesivo presenta "incoherencias" tanto en el periodo de aplicación como en los países involucrados. "En junio de 2024, la Comisión propuso abrir procedimientos a siete Estados miembros basándose en los datos de 2023, pero España quedó fuera pese a su déficit del 3,6% del PIB", afirma el informe anual de la autoridad fiscal.

El documento destaca la "discrecionalidad" de esta decisión. La Comisión señaló que las condiciones para iniciar el procedimiento no se cumplían. En situaciones similares previas, la Comisión habría propuesto al Consejo de la UE evaluar si se cumplían los criterios para aplicar el procedimiento por déficit excesivo.

En esta ocasión, la Comisión evitó activar el procedimiento argumentando que "en este momento no sería útil", basándose en sus previsiones que indicaban que el déficit español se reduciría al 3% en 2024 sin necesidad de medidas adicionales. La Comisión optó por otorgar cierta flexibilidad y considerar la tendencia a la baja del déficit en los próximos años, evaluando que el desajuste de Madrid sería temporal y revisando la situación en otoño.

Niels Thygesen, presidente de la Junta Fiscal Europea, ha subrayado que el procedimiento por déficit excesivo se basa en "hechos observables", y que para 2023 el déficit fue del 3,6%. Aunque reconoce las previsiones de la Comisión para 2024, insiste en que estas acciones deben basarse en datos actuales, no en proyecciones, calificando de "error" no haber abierto un procedimiento a España.

La Junta Fiscal Europea también ha señalado que esta "discrecionalidad" no está contemplada en la normativa legal y advierte que, por primera vez, Bruselas separó la propuesta al Consejo sobre la existencia de un déficit excesivo de la propuesta sobre cómo corregirlo. Esto, según el organismo, plantea retos significativos y no debería establecer un precedente.

La Comisión Europea volverá a revisar la situación en otoño, aunque el informe de la Junta Fiscal no ofreció una evaluación completa sobre si los Estados miembros cumplían con los criterios de deuda, ya que la senda de gasto neto sólo estará disponible una vez se acuerden los planes fiscales estructurales a medio plazo.

Es importante recordar que en julio pasado, la Junta Fiscal Europea instó a los países con altos niveles de deuda, como España, a realizar un "ajuste fiscal adicional", recomendando políticas fiscales más restrictivas aprovechando las condiciones económicas favorables y el impulso de los Planes de Recuperación. "Los países con elevados niveles de deuda, como Bélgica, Grecia, España, Francia e Italia, deberían aprovechar esta oportunidad para reducir sus déficits presupuestarios", concluye el análisis.

(El Economista, 03-10-2024)

07/10/2024|