{"id":109751,"date":"2026-10-07T14:59:12","date_gmt":"2026-10-07T13:59:12","guid":{"rendered":"https:\/\/www.assessoriaperarnau.com\/2026\/10\/07\/un-paquete-fiscal-de-2-000-millones-para-intervenir-la-vivienda-en-el-limbo\/"},"modified":"2026-10-07T14:59:12","modified_gmt":"2026-10-07T13:59:12","slug":"un-paquete-fiscal-de-2-000-millones-para-intervenir-la-vivienda-en-el-limbo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.assessoriaperarnau.com\/es\/2026\/10\/07\/un-paquete-fiscal-de-2-000-millones-para-intervenir-la-vivienda-en-el-limbo\/","title":{"rendered":"Un paquete fiscal de 2.000 millones para intervenir la vivienda en el limbo"},"content":{"rendered":"<p>El primer decreto contempla incentivos fiscales dirigidos a propietarios e inquilinos, as\u00ed como ventajas tributarias para quienes vendan sus viviendas al sector p\u00fablico. Tambi\u00e9n introduce una mayor tributaci\u00f3n para los pisos destinados al alquiler tur\u00edstico y para las Socimis que cuenten con vivienda residencial en sus carteras.<\/p>\n<p>Tras el impulso que experimentaron las negociaciones desde finales de la semana pasada, a ra\u00edz del desahucio de Maricarmen, el Gobierno aprob\u00f3 el martes dos reales decretos en materia de vivienda. Sin embargo, ambos afrontan ahora serias dificultades para salir adelante despu\u00e9s de que Junts comunicara anoche su rechazo. El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, dirigido por Isabel Rodr\u00edguez, se enfrenta este viernes a una jornada decisiva en el Congreso.<\/p>\n<p>La C\u00e1mara Baja deber\u00e1 decidir si convalida o deroga los dos textos, que han generado controversia durante los \u00faltimos d\u00edas. El segundo decreto ha suscitado especial debate por establecer una pr\u00f3rroga autom\u00e1tica de determinados contratos de alquiler, acompa\u00f1ada de importantes indemnizaciones para los propietarios en caso de incumplimiento. El primero tampoco ha quedado al margen de las cr\u00edticas: distintos juristas han planteado dudas sobre su contenido, mientras que promotores y expertos del sector inmobiliario consideran que algunas de sus medidas podr\u00edan dificultar la creaci\u00f3n de nueva oferta en un mercado caracterizado por la escasez de vivienda.<\/p>\n<p>Al margen de los cambios regulatorios, el primer decreto incorpora un amplio conjunto de medidas fiscales cuyo impacto para las arcas p\u00fablicas se calcula en unos 2.000 millones de euros, seg\u00fan la memoria que acompa\u00f1a al texto publicado en el BOE. La norma modifica aspectos relacionados con hasta cinco figuras tributarias, aunque la mayor parte de sus efectos se concentra en el IRPF.<\/p>\n<p>En el caso de los propietarios que alquilan sus viviendas, las reducciones aplicables a los rendimientos del alquiler pasan a estar vinculadas a la evoluci\u00f3n de la renta respecto al contrato anterior. Seg\u00fan explica el abogado fiscalista Pablo Gonz\u00e1lez V\u00e1zquez, de GVA Asesores, cuando el arrendador no tenga la consideraci\u00f3n de gran tenedor y reduzca al menos un 5% el precio respecto al contrato anterior, podr\u00e1 aplicar una reducci\u00f3n sobre los rendimientos obtenidos que oscilar\u00e1 entre el 70% y el 100%.<\/p>\n<p>Para los inquilinos de vivienda habitual, el decreto establece una deducci\u00f3n en el IRPF equivalente al 10% de las cantidades satisfechas durante el a\u00f1o, siempre que sus ingresos anuales no superen los 33.007,20 euros. La norma tambi\u00e9n eleva la tributaci\u00f3n asociada a las viviendas que permanecen vac\u00edas, mediante un incremento de la imputaci\u00f3n de rentas. La medida puede afectar tanto a inmuebles que permanecen desocupados como a determinados pisos heredados o segundas residencias.<\/p>\n<p>Por otro lado, el Gobierno pretende incentivar que parte de estas viviendas se incorporen al parque p\u00fablico de alquiler mediante ventajas fiscales para sus propietarios. As\u00ed, se establece una exenci\u00f3n en el IRPF sobre las ganancias patrimoniales obtenidas por la venta de determinados inmuebles al Estado por importes inferiores a 200.000 euros. El porcentaje de exenci\u00f3n se reduce progresivamente a medida que aumenta el precio de venta, hasta un l\u00edmite de 800.000 euros.<\/p>\n<p>En materia de IVA, una de las principales novedades afecta a los alquileres tur\u00edsticos y de corta duraci\u00f3n, cuya actividad quedar\u00eda sometida a un tipo del 10%. Esta modificaci\u00f3n supondr\u00eda un incremento de la carga fiscal para este tipo de alojamientos, aunque tambi\u00e9n permitir\u00eda a sus titulares deducir el IVA soportado en determinados gastos vinculados a la actividad, como reformas, mobiliario, suministros o servicios de gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se reduce la tributaci\u00f3n de determinadas obras realizadas en viviendas destinadas al alquiler de larga duraci\u00f3n. Los propietarios podr\u00e1n aplicar un tipo de IVA del 10% a determinadas actuaciones de renovaci\u00f3n y reparaci\u00f3n, frente al 21% vigente hasta ahora. El decreto contempla adem\u00e1s un IVA reducido del 4% para la construcci\u00f3n de viviendas protegidas sometidas a un r\u00e9gimen de calificaci\u00f3n permanente o indefinida, tanto respecto de la vivienda como de un m\u00e1ximo de dos plazas de garaje. Este tipo se aplicar\u00eda cuando se trate de la primera entrega del inmueble.<\/p>\n<p>En el \u00e1mbito de los impuestos municipales, los ayuntamientos podr\u00e1n establecer recargos de hasta el 150% en el IBI de las viviendas que permanezcan desocupadas durante m\u00e1s de dos a\u00f1os sin una causa justificada. La norma tambi\u00e9n modifica los coeficientes m\u00e1ximos aplicables al m\u00e9todo objetivo de c\u00e1lculo de la plusval\u00eda municipal, que desde el 1 de diciembre de 2026 podr\u00e1n alcanzar el 0,30 en funci\u00f3n del periodo de permanencia del inmueble.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, el decreto eleva la tributaci\u00f3n de los beneficios no distribuidos de las Socimis que inviertan en vivienda residencial. El tipo pasa del 15% al 25%, aunque las sociedades podr\u00e1n beneficiarse de una reducci\u00f3n de hasta el 100% cuando al menos el 80% de su cartera est\u00e9 destinada a alquiler asequible y las ganancias se reinviertan durante los tres ejercicios siguientes.<\/p>\n<p>(Expansi\u00f3n, 02-10-2026)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El primer decreto contempla incentivos fiscales dirigidos a propietarios e inquilinos, as\u00ed como ventajas tributarias para quienes vendan sus viviendas al sector p\u00fablico. Tambi\u00e9n introduce una mayor tributaci\u00f3n para los pisos destinados al alquiler tur\u00edstico y para las Socimis que cuenten con vivienda residencial en sus carteras.<\/p>\n<p>Tras el impulso que experimentaron las negociaciones desde finales de la semana pasada, a ra\u00edz del desahucio de Maricarmen, el Gobierno aprob\u00f3 el martes dos reales decretos en materia de vivienda. 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