Las Comunidades Autónomas introducen cambios estratégicos en la tributación por Patrimonio

El reciente Impuesto Temporal de Solidaridad con las Grandes Fortunas (ITSGF) ha generado ajustes en las políticas tributarias de varias Comunidades Autónomas, especialmente en aquellas que anteriormente tenían exenciones totales o parciales en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP), como Andalucía, Madrid y Galicia.

Algunas Comunidades Autónomas han optado por aumentar la carga impositiva a través del ITSGF. Por ejemplo, Cataluña ha elevado el tipo máximo del 2,75% al 3,48% para 2023; la Comunidad Valenciana ha incrementado su tasa del 3,5% al 3,75% para 2023 y 2024; y Navarra ha introducido un nuevo tramo gravado al 3,5% (anteriormente establecido en el 2%).

En el caso de Andalucía, los contribuyentes pueden aplicar una bonificación determinada por la diferencia entre la cuota íntegra total del impuesto y el límite conjunto establecido en la Ley del IP, o bien optar por una bonificación del 100%, lo que resultaría en un mayor pago por el impuesto estatal.

Aragón, por su parte, ha elevado el mínimo exento de 400.000 euros a 700.000 euros desde el 1 de enero de 2023 para alinearlo con el ITSGF. En Galicia, se ha aumentado el tipo impositivo al 3,50% desde el 2,5% en el último tramo de la tarifa del impuesto, y el importe resultante de la bonificación del 50% se ha reducido en la cantidad a pagar por el ITSGF.

La Comunidad Valenciana ha derogado la tarifa introducida el año pasado de forma transitoria para los ejercicios 2023 y 2024. En Cataluña, se ha aplicado una bonificación del 95% para las propiedades forestales, teniendo en cuenta tanto el valor del terreno como de la finca edificada en él.

(El Economista, 04-04-2024)

09/04/2024|